Recargo de equivalencia

Compras, Ventas 6 comentarios

1.El recargo de equivalencia inicio

En el sistema de recargo de equivalencia, los proveedores repercuten al comerciante en la factura el IVA correspondiente más el recargo de equivalencia, por separado y a los siguientes tipos:

  • Artículos al tipo general del 21%: recargo del 5,2%
  • Artículos al tipo reducido del 10%: recargo del 1,4%
  • Artículos al tipo superreducido del 4%: recargo del 0,5%

2.Opciones inicio

De este modo, se pueden dar las siguientes opciones:

Algún proveedor me factura con recargo inicio

Cuando un proveedor nos vaya a facturar con recargo se deberá, al crear su ficha (“Principal>>Proveedores”), en la pestaña Económicos y marcar la casilla Recargo Equivalencia. De este modo, cada vez que registremos un documento de compras asociado a este proveedor, automáticamente se le añadirá el recargo que corresponda.

Todos los proveedores me facturan con recargo inicio

Si lo habitual es que todos los proveedores me facturen con recargo, para no tener que acordarse de marcar esa casilla (Recargo Equivalencia en la ficha del proveedor), es posible indicar que el sistema lo haga por defecto. Para ello, sólo es necesario ir a “Configuración>>Personalizar myGESTIÓN” y, dentro de la pestaña I.V.A., marcar la casilla Recargo de equivalencia para facturas de proveedores.

Algunas facturas las emito con recargo inicio

En los casos en los que el cliente nos solicite que le facturemos con recargo de equivalencia es suficiente con marcar esta opción (Recargo de equivalencia) en su ficha (“Principal>>Clientes”) en la pestaña de Económicos. A partir de ese momento, cada documento de ventas que le hagamos incluirá el recargo de equivalencia correspondiente.

Facturo a todos los clientes con recargo inicio

Aunque esta opción es menos habitual, igualmente se puede configurar myGESTIÓN para que todos los nuevos clientes creados tengan por defecto marcada la casilla Recargo de equivalencia. Para ello, sólo es necesario ir a “Configuración>>Personalizar myGESTIÓN” y, dentro de la pestaña I.V.A., marcar la casilla Recargo de equivalencia para facturas de clientes.

Guías relacionadas

Sigue aprendiendo cómo sacarle el máximo partido al software de myGESTIÓN con la lectura de estos manuales:

6 comentarios en - Recargo de equivalencia

    • ¡Hola Tony!

      El Recargo de Equivalencia se aplica a Clientes o Proveedores, no de forma individual a los artículos.
      Cualquier duda puede ponerse en contacto con nuestro departamento de soporte a través del 91-630 05 51.

      ¡Un saludo!

    • ¡Hola de nuevo, Tony!

      El Recargo de equivalencia se aplica para comerciantes minoristas y no se aplica a los artículos a título individual, es el proveedor el que repercute este recargo al comerciante minorista. Quedando así: "Por ejemplo, si a un producto se le aplica el tipo de IVA general del 21%, el recargo de equivalencia será el 5,2%. En caso de que dicho producto esté sujeto a un IVA reducido del 10%, el recargo sería de 1,4%, y si el IVA es superreducido, del 4%, el recargo se quedaría en 0,5%".

      ¡Un saludo!

  • Buenos días.
    Viendo el hilo de comentarios activo la conversación, porque también tengo un cliente que me me pide que no aplique el RE a todos los productos.
    Por ejemplo si se tiene que aplicar el Recargo a los artículos que vende, pero si en mi factura, le estoy facturando el coste del transporte, por lo visto a ese concepto no deberíamos aplicarle el Recargo de Equivalencia.
    ¿Tiene la aplicación una solución para esto?

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