Retención del IRPF en las facturas

Una retención es el porcentaje de la factura que deja de abonar el pagador al vendedor o prestatario de los servicios por liquidación de impuestos. Esta cantidad será ingresada en la Hacienda Pública por el propio pagador de los productos/servicios.

1. ¿Quién debe aplicar las retenciones y cómo se calculan? inicio

Las empresas, profesionales y empresarios que, en el ejercicio de su actividad económica, han comprado o contratado servicios a otras empresas. El documento donde se refleja y calcula la retención lo debe aplicar el que emite o genera la propia factura. El ingreso de las retenciones a la Hacienda Pública se realiza con periodicidad trimestral.

No se aplica retención sobre las facturas de ventas dirigidas a clientes particulares.

La retención del IRPF se calcula sobre la base imponible, a diferencia de las facturas de compras a empresarios agrícolas y ganaderos, que se calcula sobre el total de la factura -base imponible + IVA-.

2. ¿Cómo se aplican las retenciones en myGESTIÓN? inicio

2.1 Ventas inicio

En las facturas de ventas ("Menú Principal>>Ventas>>Facturas emitidas"), en el caso de que tengamos que aplicar retención del IRPF, éste se aplicará indicando el porcentaje en la casilla % I.R.P.F:, situado en la cabecera del documento. Vamos a ver un ejemplo práctico en myGESTIÓN:

En la imagen vemos una factura a nombre de SADA CONSULTING S.L.. Observamos que su base imponible son 2.397,00 euros; su I.V.A son 503,37 euros. Un total de 2.900,37 euros. Para indicar la retención en la factura, escribimos el porcentaje correspondiente en el campo % I.R.P.F:. Si aplicamos la retención de IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) sobre la factura, nos quedaría así:

Observamos que, en la segunda factura, el total a pagar es de 2.540,82 euros, 359,55 euros menos que en la primera factura. Esta cantidad es la que será abonada por el pagador -en este caso, SADA CONSULTING S.L.- a la Agencia Tributaria.

Se puede aplicar un porcentaje de retención por defecto cuando utilizamos una serie de facturación para clientes. Para ello, hay que indicar el porcentaje de la retención en "Configuración>>Tablas Generales>>Facturación>>Series de Fras. Cliente".

2.2 Compras inicio

En las facturas de compras ("Menú Principal>>Compras>>Facturas recibidas"), las retenciones se calculan mediante el mismo proceso que las facturas de ventas. A diferencia de las ventas, será nuestro proveedor el que esté obligado a emitir la factura con las correspondientes retenciones.

Se puede aplicar un porcentaje de retención por defecto cuando utilizamos una serie de facturación para proveedores. Para ello, hay que indicar el porcentaje de la retención en "Configuración>>Tablas Generales>>Facturación>>Series de Fras. Proveedor".

Para llevar un registro de las compras realizadas y asegurarnos de que los cálculos se han realizado correctamente, elaboraremos una factura de compras ("Compras>>Facturas Recibidas") con la respectiva retención del IRPF.

Al imprimir el documento de la factura -tanto de compras como de ventas- desde myGESTIÓN, la tabla con los importes desglosados se nos mostraría así:

 

 

Guías relacionadas

Sigue aprendiendo cómo sacarle el máximo partido al software de myGESTIÓN con la lectura de estos manuales:

6 comentarios en - Retención del IRPF en las facturas

  • Soy un agricultor que este año he constituido un S.C.P. con mi esposa, y que por volumen de ventas , tengo que estar en el Regimen General, mi pregunta es la siguiente: que IVA tengo que aplicar y si lo tengo que ingresar en Hacienda, y a parte que % de retencion es la que me tienen que hacer? es sobre la base mas IVA, segun tengo entendido.
    Agradeceria me pudieran aclarar estas dudas.
    Saludos.

  • Hola, espero se encuentre bien, tengo una consulta soy autónomo nuevo en país vasco y quería saber ¿si se usa el mismo % de IRPF del 7% o 15%?

    • ¡Hola, Andrea!

      Esta pregunta se la debería dirigir a una asesoría fiscal. No tenemos las competencias para responder esta cuestión. Esperamos que lo entienda.

      Un saludo 🙂

  • Hola, en la factura de notaria de la constitución de la sociedad, tengo una línea con IVA y con retención, pero tengo otra línea, Total Suplidos, que no lleva IVA ni retención. Pero el programa me aplica la retención a ambas líneas y no me cuadra con la factura de compra de la notaria.
    Gracias.

    • ¡Hola, Alberto!

      Es justo como comenta. Esa línea se tendría que facturar como suplido y los suplidos en la actualidad no están disponibles en myGESTIÓN. La alternativa que tiene es generar dos facturas y facturar los suplidos por separado.

      En cualquier caso, comentarle la opción de los suplidos ya nos lo han pedido otros usuarios y que se encuentra en desarrollo. Con alta probabilidad, estará disponible a finales/comienzos de 2023/2024.

      Un saludo 🙂

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.