Este régimen especial obliga a los clientes a elaborar las facturas de los productos que compran a los empresarios agrarios. Tal y como se explica en este post, los empresarios acogidos al Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca (REAGP) no tienen las mismas obligaciones ante la Agencia Tributaria que otras empresas.
Presta atención al siguiente manual para conocer cómo se calculan las retenciones de IRPF para las facturas de compras dirigidas a empresarios agrícolas y ganaderos acogidos al REAGP en myGESTIÓN.
Cálculo de la retención del IRPF para el REAGP
Normalmente, la retención de IRPF se calcula sobre la base imponible de la factura. En cambio, para las empresas acogidas a este régimen especial, la retención se calcula sobre el total de la factura -base imponible + IVA-.
Para configurar esta opción en myGESTIÓN es necesario que indiquemos el proveedor que se acoge al REAGP. Para ello, vamos al listado de los proveedores ("Principal>>Proveedores") y damos doble clic en el proveedor deseado para introducirnos dentro de su ficha. Una vez dentro de ella, en la pestaña Económicos, debemos marcar el check Régimen Agrario.
De esta forma, cuando realicemos una factura de compras a este proveedor en concreto, el cálculo de la retención del IRPF se calculará sobre el total de la factura.
Veamos la diferencia entre dos facturas de compras, una con el cálculo del IRPF estándar y otra con el cálculo para las empresas acogidas al Régimen Agrario:
Observamos la diferencia en el importe total de ambas facturas: SIN aplicar el régimen agrario, 1098.00 euros (Imagen 1); CON el régimen agrario, 1.095,36 euros (Imagen 2). Esta diferencia de 2,64 euros viene de calcular el IRPF sobre la base imponible, 1.000 euros en el primer ejemplo -tal y como se hace con las facturas comunes- o sobre el total de la factura, 1.120 euros en el segundo ejemplo -como obliga el Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca-.
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